A.M.M.S.C.I servicios a prestar .

LOS FINES DE NUESTRA EMPRESA SON LOS SIGUIENTES :
El cuidado de personas es una tarea que requiere cariño, paciencia, saber hacer y mucho tacto, no hemos de olvidar que nuestros seres queridos, ahora ancianos o impedidos, requieren de muchas atenciones y cuidados que no siempre podemos ofrecerles nosotros mismos y que tampoco queremos dejar en manos de cualquiera.

La alternativa a una residencia es el cuidado por parte de una persona cualificada y con experiencia en el cuidado de personas mayores, ancianos o personas impedidas.

Nos adaptamos al tipo de servicio que requiera, tanto de atención las 24 horas (interna), mañanas, tardes, noches, fines de semana... como de ayuda y compañía, para ir de compras, al médico o simplemente a pasear.

Disponemos de sillas de ruedas, bancos para ducha y en definitiva todo lo que se requiere en estas situaciones.
 
Le ofrecemos una gran variedad de servicios, siempre ajustandonos a las necesidades especificas de cada cliente.

Limpieza general y mantenimiento de edificios para empresas y comunidades de vecinos


- Limpieza de interiores de edificios
- Limpieza de mobiliarios y oficinas
- Aspirados, barridos y fregados
- Recogida de basuras
- Escaparates, ventanales y cristales
- Aspirado y limpieza general en garajes y parkings
- Abrillantado de suelos
- Sustituciones de limpieza

Servicios para particulares

- Limpieza general o especifica de pisos y locales
- Limpiezas de fin de obra
- Abrillantado de suelos
- Cristales y ventanales
Las soluciones para gestionar las tareas de mantenimiento de edificios (también denominadas Facility Management) permiten organizar y coordinar los trabajos de mantenimiento, así como mantener visibilidad sobre los activos de la empresa. Ofrece un amplio rango de funcionalidades, desde la programación de trabajos de mantenimiento preventivo hasta la gestión de salas de reuniones y préstamos de equipos.
Programa para la Gestión del Mantenimiento de Edificios
permite definir los equipos, revisiones, gamas y
operaciones desde cero. Por esta misma razón,
se pueden programar otros tipos de trabajos
que se desarrollan con cierta periodicidad,
como la limpieza, jardinería u otros.
La aplicación permite trabajar con uno o varios
Clientes y/o Centros de Trabajo que dispongan
de instalaciones electro-mecánicas, editar los
trabajos a realizar por los operarios y
posteriormente tener registrados los datos de
ejecución y confeccionar informes y estadísticas
con ellos. También se pueden generar partes de
avisos de averías (Asistencia Técnica)
imputables a los Centros/Obras definidos, así
como partes de reparación (Correctivo) de los
equipos existentes en los centros.










INFORME sobre prestación de funciones de vigilancia y control en centros comerciales por auxiliares de servicios


INFORME de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Interior


INFORME sobre prestación de funciones de vigilancia y control en centros comerciales por auxiliares de servicios


Por parte de algunas Delegaciones del Gobierno se interesa la emisión de un informe referente a la prestación de funciones de vigilancia y control en Centros comerciales, por parte del personal denominado "auxiliares de servicios", distinto del personal de seguridad privada, distinguiéndose entre las funciones que pueden ser desempeñadas por ambos colectivos.


En relación con ello, esta Secretaría General Técnica expone su parecer, a través de las siguientes consideraciones:


En primer lugar, cabe poner de relieve que tanto la Ley 23/1992, de 30 de julio, de seguridad privada, como su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, contienen descripciones genéricas de las funciones que pueden y deben desempeñar los vigilantes de seguridad, pero no contemplan por constituir objeto de la normativa laboral sectorial las tareas específicas en que tales funciones se concretan, lo cual dificulta en muchos casos la exacta determinación de cuáles de ellas deben ser desempeñadas por personal de seguridad y cuáles otras, precisamente por no ser de seguridad privada, pueden y deben ser desarrolladas por personal distinto de aquél.


En principio, y como criterio general, puede señalarse que la correcta aplicación de la legislación de seguridad privada pasaría por reservar al personal de seguridad privada estrictamente las funciones de vigilancia y seguridad activa de bienes y personas -diurna y nocturna- y el control de sistemas de seguridad; entendiéndose por vigilancia y seguridad activa aquélla que incluye la posibilidad de repeler cualquier agresión al bien que se vigila.


Asimismo ha de entenderse, en buena lógica, que la vigilancia nocturna ha de estar reservada al personal de seguridad privada, por cuanto en tales circunstancias podrían requerirse potestades específicas en orden a la represión de posibles agresiones a la seguridad de los bienes y personas.


En relación con las cuestiones concretas objeto de consulta, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, considerando la Disposición Adicional Tercera de la Ley 23/1992, la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 2364/1994, y las concretas funciones que corresponden al personal de seguridad privada -en particular los artículos 71,72,76 y 77 del Reglamento de seguridad privada-, se podrían a grandes rasgos, señalar las tareas que corresponden, por un lado, al personal propio de los establecimientos o al personal auxiliar de servicios y, por otro, al personal de seguridad privada, sin perjuicio de las funciones genéricas o concretas que la Ley y el Reglamento directamente les atribuyen.


A) Personal auxiliar


Son funciones susceptibles de ser realizadas por personal propio de los centros comerciales o por auxiliares de servicios contratados a tal fin, y que por ser ajenas a las funciones de seguridad privada no podrán ser realizadas por vigilantes de seguridad, las siguientes:


1. En las entradas de los establecimientos:


a) Apertura y cierre ordinario, sin perjuicio de que pueda estar presente en dichos momentos -por su especial vulnerabilidad- personal de seguridad privada, en prevención de incidentes de seguridad.


b) Control de entradas y salidas ordinarias de los clientes y las mercancías.


c) Recepción de clientes, siempre que no existan sistemas de seguridad frente a infracciones, como, por ejemplo, detectores de metal.


d) Recogida y custodia, en su caso, de efectos portados por los visitantes (bolsos, maletas, etc.), que no conlleve el control interior de los efectos personales.


e) Información en accesos.


2. En el interior de los establecimientos en relación con los clientes:


a) Información, orientación y, en su caso, acompañamiento de clientes.


b) Organización y control de la evacuación de clientes cuando se requiera por cualquier motivo.


c) Exigencia del cumplimiento de las normas propias del establecimiento (prohibición de fumar, conducta correcta de clientes, acceso a zonas prohibidas, etc.), que no conlleve la realización de acciones coactivas o de control de identidad o de efectos personales de las personas que puedan incurrir en tales conductas.


3. En relación con el mantenimiento del establecimiento:


a) Control de los bienes o productos existentes en el establecimiento.


b) Comprobación del estado y funcionamiento de las instalaciones generales que no sean propiamente de seguridad.


c) Control, en su caso a través de medios técnicos, de los sistemas de mantenimiento (calderas, instalaciones eléctricas, etc.) que no sean de seguridad.


d) Control de los sistemas antiincendios.


B) Personal de seguridad privada


1. En las entradas de los establecimientos:


a) Apertura y cierre extraordinario del establecimiento (por ejemplo, en horario no laborable).


b) Control de entradas y salidas extraordinarias de clientes, personal del establecimiento y mercancías.


c) Control, si fuere preciso, de identidad de clientes.


d) Recepción de clientes cuando existan sistemas de seguridad como detectores de metales.e) Recogida y custodia, en su caso, de efectos portados por los clientes (bolsos, maletas, etc.), cuando sea preciso el control interior de los efectos personales.


2. En el interior de los establecimientos en relación con los clientes:


Naturalmente, su función general es la vigilancia y protección activa -con posibilidad de actuación represiva- de los bienes y su necesaria intervención en las situaciones siguientes:


a) Identificación de personas.


b) Retención de personas, poniéndolas inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.


c) Registros, aun cuando únicamente en supuestos de indicios de comisión de actos delictivos. d) Expulsión de personas por incumplimiento de las normas propias del establecimiento.


e) Control de salidas en supuestos de sustracción o deterioro de bienes o productos.


f) Intervención en supuestos de actos vandálicos, atraco, intrusión, etc., y puesta en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de tales hechos.


g) Especial atención, de carácter complementario, en la organización y control de la evacuación de visitantes.


h) Atención a todas las situaciones en que sean requeridos por el personal propio de los establecimientos.


3. En relación con las instalaciones de seguridad:


a) Comprobación del estado y funcionamiento de las instalaciones de seguridad para la prevención de delitos y faltas.


b) Vigilancia y control desde los medios técnicos que constituyen sistemas de seguridad contra delitos y faltas (vídeos, alarmas, etc.).


c) Transmisión de la información e instrucciones referentes a las situaciones advertidas por los mencionados sistemas de seguridad.


Con base en lo anteriormente expuesto, cabe concluir que, con carácter general, las funciones del personal propio del establecimiento o del personal auxiliar de servicios, y las del personal de seguridad privada, no son intercambiables, es decir, no pueden ser prestadas indistintamente por uno u otro colectivo. Puede admitirse una cierta discrecionalidad en cuanto a determinados puestos de trabajo que, consistentes en la custodia ordinaria relacionada básicamente con las normas de funcionamiento del establecimiento, pudieran ser asignados a personal propio o auxiliar, o a personal de seguridad privada, en atención a determinadas circunstancias; pero, con esa salvedad, esta Secretaría General Técnica entiende que las funciones que necesariamente deben prestarse por vigilantes de seguridad son las siguientes:


a) El control de acceso cuando existan mecanismos de seguridad incorporados contra la comisión de infracciones.


b) El control de sistemas de seguridad contra la comisión de delitos y faltas (vídeos, monitores, alarmas, etc.).


c) La vigilancia y seguridad activa de los bienes, con posibilidad de represión.


d) La vigilancia nocturna.


En consecuencia, la prestación de tales servicios por empresas y personal que no se encuentre debidamente habilitado a tal fin, podrá sancionarse con arreglo a lo previsto en la vigente normativa de seguridad privada.


Servicios de jardineria
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Servicio que se ocupa del cuidado y mantenimiento exclusivo de las zonas ajardinadas de su finca , Comunidad de Propietarios , urbanización , edificio , etc.

- Diseño de jardines y zonas verdes.
- Creación y mantenimiento de zonas verdes
- Instalación de sistema de riego automático.
- Control y programación del sistema de riego automático.
- Podas y riegos regulares.
- Aplicación de abonos, fumigación y control de plagas.
- Plantación y suministro de árboles y plantas de temporada.
- Reparaciones y puestas a punto de riegos automáticos.
- Suministro de elementos de jardín y juegos infantiles: bancos, papeleras, sombrillas, fuentes y columpios.



Servicios de limpieza
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Servicio realizado por un equipo de profesionales que se encargan del mantenimiento general de grandes y pequeñas superficies en empresas, Comunidades de Propietarios, locales, oficinas, etc., utilizando utensilios y productos químicos específicos, siendo a la vez respetuosos con el medio ambiente.
- Limpieza de todas las zonas comunes: accesos, portales, escaleras, pasillos, cristaleras, ascensores, cuartos comunes, etc...
- Limpieza y mantenimiento de cubos de basura.
- Pulido y abrillantado de suelos.
- Primera limpieza después de obra.
- Limpiezas Integrales de toda la Instalación
- Servicio especial de Limpiezas por Horas
- Limpieza y aspirado de moqueta con maquinaria de Inyección - extracción
- Limpieza y mantenimiento de piscinas
- Limpieza industrial en garajes y edificios: maquinas barredoras , fregadora de aspirado simultaneo , hidrolimpiadora, etc...
- Suministro de utensilios, productos químicos y artículos higiénicos necesarios, para mantener en todo momento aquellos espacios de personal en perfecto estado


Servicios de Conserjería a Comunidades
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PORTEROS Y CONSERJES






Nuestro Servicio Auxiliar de Conserjería va dirigido principalmente a las comunidades de vecinos y/o propietarios afincadas en las regiones de Murcia y Alicante , que por su afluencia de tráfico, los servicios que ofrecen a propietarios y copropietarios, la disposición colectiva de las instalaciones de los servicios mínimos como agua, calefacción, etc... Precisan de un auxiliar de servicios y/o conserje para la unificación de estas y otras tareas.
Servicio integrado por profesionales que se ocupan de realizar todas las labores cotidianas tan necesarias para el correcto funcionamiento de su finca o Comunidad de Propietarios.
Las principales tareas asignadas al auxiliar que se contratara para cubrir los servicios de conserjería en comunidades de vecinos son las siguientes, pudiendo acordar siempre el cliente con la empresa cualquier otra tarea o servicio auxiliar deseado:


- Control de accesos de personas
- Mantenimiento general de las instalaciones y la gestión de las incidencias técnicas de tipo cerrajería, ascensores
- Pequeñas reparaciones y sustituciones de luminarias.
- Recepción de correo, mensajería,...etc dirigido a los usuarios del inmueble.
- Control de las instalaciones de calefacción y agua caliente
- Retirada de contenedores de basura
- Retirada de bolsas de basura puerta a puerta.
- Mantenimiento de zonas ajardinadas
- Control y aviso de posibles averías o siniestros.
- Limpieza de todas las zonas comunes: accesos, portales, escaleras, pasillos, cristaleras, ascensores, mobiliario y cuartos comunes, etc....
- Control para el uso y respeto de las normas de régimen internas, horarios, accesos y mobiliario de la comunidad o inmueble informando y orientando a usuarios
Las principales tareas a realizar por el controlador de accesos en los servicios auxiliares a contratar son las siguientes:


- Realización de rondas de control donde se verificarán las instalaciones por interior, exterior, los accesos y las posibles incidencias.


- Control de los sistemas de alarma, seguridad y protección. Control de sistemas CCTV .Responsabilizándose el controlador de su manejo y correcto funcionamiento.


- Control de accesos del personal propio, personal de mantenimiento y personal y/o usuarios externos, vehículos y mercancías.


- Control de mercancías, paquetería y correspondencia. Recepción, emisión y registro de las mismas.


-Control de llaves y accesos de las instalaciones con el registro, apertura y cierre de las mismas tanto para peatones como para vehículos.


AUXILIARES DE CONTROL
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Nuestro servicio de Control de Accesos está dirigido a todas aquellas instalaciones afincadas en las regiones de Murcia y Alicante que requieran de la presencia y figura del auxiliar o controlador de accesos ofreciendo seguridad y orden al personal, clientes y usuarios de las mismas.
Nuestro personal encargado para los servicios de control de accesos recibe formación continua para garantizar su eficacia en cualquiera de los sectores presentes en la industria nacional, pudiéndose tratar de fábricas con una elevada afluencia, obras y edificaciones en las que las herramientas y maquinaria suponen elevados costes para nuestros clientes, congregaciones , conciertos , encuentros deportivos y ferias donde es necesaria la seguridad y el control de los visitantes,zonas de aparcamiento y parkings , grandes superficies y supermercados , establecimientos públicos ,urbanizaciones ,polígonos industriales ,centros y parques de ocio ,mercados municipales ,edificios de oficinas comunidades de proprietarios ,universidades , colegios públicos ,parques solares ,hoteles ,puertos,etc.


Servicio de control realizado por profesionales, cuya misión es velar por la seguridad de su EMPRESA , Comunidad de Propietarios, edificios, urbanizaciones, garajes, etc., en horarios diurnos, nocturnos o las 24 horas del día.
También realiza labores de supervisión del transito en zonas de circulación restringida , control/registro de visitantes y vehículos, registro de la correspondencia y paquetería, manejo de los sistemas de control y protección, rondas de control/verificación instalaciones, apertura/cierre de accesos en distintos entornos, como edificios, fabricas y plantas de producción. Esta labor se realiza de forma preventiva y dando aviso a los servicios exteriores (Policía, Guardia Civil, Bomberos, servicios sanitarios,...)en caso de requerir su asistencia.

ESPERO QUE LES ALLA GUSTADO SEGUIREMOS EXPONIENDO NUESTROS FINES.

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